SUBVENCIONES OTORGADAS EN AÑO 2008
COMO OBTENER UNA SUBVENCIÓN
Según Ley 19.862, de la Subsecretaria de Desarrollo Administrativo, dependiente del Ministerio de Hacienda que estableció que toda organización deben estar registrada en: Registros Comunales de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, en la municipalidad de su comuna, para Obtener beneficio como: Subvenciones, Proyectos Concursables, donaciones, entre otros.
Además, toda institución, también debe inscribirse en el Portal Web, www.registros19862.cl de la Subsecretaria de Desarrollo Administrativo, dependiente del Ministerio de Hacienda.