DOCUMENTOS A PRESENTAR
• Ninguno.
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
• El Artículo 34° del Decreto Alcaldicio N° 6621 de 2011, sobre el Reglamento Consejos Comunales de Organizaciones de la Sociedad Civil de San Antonio, indica que las sesiones del consejo serán públicas. Por tanto, todos los usuarios pueden participar como oyentes (en las dependencias municipales).
• Las audiencias serán previamente informadas por los miembros del Consejo a los grupos de interés.
COSTOS
• No existen costos asociados a este servicio.
OTRAS CONSIDERACIONES
• Las autoridades locales públicas tendrán derecho a voz durante las sesiones que realice el COSOC.